USO SIN ABUSO

Desde hace algunos años, se pretende atar de manos a las fuerzas del orden, sea de la Policía Nacional, sean de nuestras Fuerzas Armadas, cuando actúan en resguardo del orden interno.
Es oportuno recordar que la Policía Nacional, por disposición constitucional, tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno, en lo que puede ser apoyada por las Fuerzas Armadas. Estas últimas tienen como misión primordial, por así disponerlo la Constitución, “la integridad territorial de la República”, pero además asumen el control del orden interno en “Estado de Emergencia” cuando el presidente de la República lo decreta.
Como quiera que en algunas circunstancias las fuerzas armadas y las policiales, fueron denunciadas por “excesos” en el uso de sus armas para cumplir con sus deberes, el Estado dictó normas legales para el buen empleo de la fuerza e impedir demasías.
Es así como por el Decreto Legislativo 1095 se reguló el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas dentro del territorio nacional, y por el Decreto Legislativo 1186 se hizo lo propio respecto a la Policía Nacional.
Respecto a las Fuerzas Armadas sus operaciones deben ejecutarse “con la finalidad de proteger la vida de la población ….. defender el Estado, DOBLEGAR la capacidad del grupo hostil y proteger el patrimonio público y privado”. Para lo señalado tiene que cumplir con el principio de la PROPORCIONALIDAD.
En cuanto a la Policía Nacional, “La fuerza debe usarse de manera progresiva y diferenciada de conformidad con los principios y los niveles ….” que determina la norma legal, entre los cuales se encuentra también el de la PROPORCIONALIDAD.
Pese a lo antes expuesto se pretende que la Policía y Fuerzas Armadas actúen solo como reacción y proporcionalmente al uso de las armas que lleven los violentistas que causan disturbios y que cambian la protesta pacífica por protesta sangrienta y vandálica. Entiéndase, ello es absurdo, nuestros policías y militares SIEMPRE deben estar debidamente armados, pues no conocen las armas con las que actuarán los violentistas, y más aún, sabiéndose que hasta una piedra lanzada con fuerza puede hacer más daño que un proyectil.
Son lamentables los decesos producidos en marchas que de pacíficas se tornan violentas, al igual que el personal civil que es lesionado, pero hay muchas veces policías y militares que pierden la vida, que son seriamente lesionados, que quedan inhabilitados, pero de ellos se dice poco, como si los Derechos Humanos no les fueren aplicables. Hay visión indebidamente selectiva respecto de los organismos que supuestamente defienden los Derechos Humanos.
No hay duda que tiene que investigarse cuando hay bajas y lesionados en los grupos hostiles como en los defensores del orden interno, pero esas investigaciones no deberían entorpecer el cumplimiento de la misión de restablecer el orden interno a cargo de la Policía y las Fuerzas Armadas.
Las investigaciones administrativas, fiscales y judiciales no deben eternizarse, tienen que ser céleres y, de ser el caso, exonerar de responsabilidad penal a quienes cumplieron con sus deberes tal como lo ordena el artículo 20 del Código Penal, que nuestros jueces incumplen por las presiones de quienes bajo rótulo de defensa de los Derechos Humanos, quieren achacar todos los males habidos y por haber a nuestras gloriosas Fuerzas Armadas y Policiales.

Antero Flores-Araoz
Antero Flores-Araoz
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