Av. Jose Galvez Barrenechea #200, Lima 27, PeruWhatsApp 957 474 068
← Todos los artículos Opinión y actualidad jurídica

REFORMAS, CON O SIN ADELANTO

En infinidad de ocasiones, nos hemos pronunciado por la necesidad de tener un Código Electoral, que incluya las normas procesales sobre la materia, a fin de tener un solo cuerpo legal y no la cada vez más desbordante, confusa, reiterativa e incluso contradictoria normatividad electoral. El afán reglamentarista de las autoridades electorales ya parece enfermizo y a ello hay que ponerle remedio, siendo lo más conveniente el Código Electoral al que nos hemos referido. Sin embargo, como ésa tarea requiere mayor tiempo, dedicación y esfuerzo; lo que se podría hacer con urgencia, son las modificaciones legales indispensables para garantizar un próximo proceso electoral libre de sospechas, con o sin el adelanto de elecciones, asunto que ya parece broma de mal gusto. Para la tarea mencionada, se debe tener presente que, de acuerdo a la Constitución, los ciudadanos tienen el derecho a participar de los asuntos públicos, pudiendo ejercer tal derecho en forma individual o a través de organizaciones políticas, como partidos, movimientos y alianzas. Por ello la normatividad electoral y partidaria debe como norte, facilitar tal participación en lugar de obstaculizarla, que parecería ser la motivación de algunas autoridades electorales. Quienes deberían ser oídos para las reformas normativas electorales, son las organizaciones políticas, que son las más interesadas en el tema y quienes sufren los embates exageradamente reglamentaristas de los entes electorales, que olvidan que deben cumplir con los principios generales de los procesos administrativos, como entre otros la razonabilidad, impulso de oficio, informalismo, presunción de veracidad, celeridad, simplicidad y predictibilidad. Lo que no debería repetirse, es entregar la preparación de los proyectos normativos a expertos o supuestos expertos, pero que pueden ser muy “leídos y escribidos” como decían nuestras abuelas, aunque no conocen la vida de los partidos, su cotidianidad, ni menos la forma de relacionarse entre los militantes, lo que los lleva a proponer disposiciones erradas. Dicha experiencia ya la hemos soportado. Hay cosas muy sencillas que evitarían sospechas, como sería la obligación de colgar digitalmente el padrón electoral, las listas de electores por mesa, y las actas electorales. Deberían eliminarse insensatas obligaciones como son la tenencia de locales partidarios y menos en un mundo moderno, en que se tienen reuniones no presenciales, firmas digitales, comunicaciones grupales por diversidad de aplicativos. En un universo digital es grave error seguir como si estuviéramos en tiempos de la carreta. El número de militantes de partidos en ínfimo en relación con la población, pero se obliga a que los candidatos sean militantes, excluyéndose a la mayor parte de la ciudadanía para ejercer su derecho a ser elegidos. Esto tiene que cambiar. Tienen que facilitarse las alianzas y los acuerdos entre organizaciones políticas, incluso que permitan tener plancha electoral común, no necesariamente de militantes de organizaciones políticas y, diversidad de listas parlamentarias. Sin dudas y como vemos, hay tareas por hacer, lo que no se sabe es si existe voluntad para hacerlo y hacerlo bien, por lo que se espera que los políticos serios, que si existen, lideren los cambios requeridos.

← Volver a los artículos

Más artículos

SE EJERCE, NO SE REGALA

Por Antero Flores-Araoz Con el título de esta columna, es más que evidente que nos estamos refiriendo al voto, en toda clase de elecciones, sean ellas las generales para elegir al presidente de la República con sus vicepresidentes, al Congr

Leer artículo ↗

PROCURADORES INTOCABLES

Según lo dispuesto en el Artículo 104 de la Constitución, el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar mediante decretos legislativos “sobre la materia específica y por el plazo determinado establecido en la ley

Leer artículo ↗

BUENAS INTENCIONES CON PÉSIMO DESARROLLO

En noviembre del 2023 se promulgó y publicó la Ley N° 31940 que tiene por finalidad “contribuir a que las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta (IR) y del Régimen MYPE Tributar

Leer artículo ↗
Una consulta clara puede ahorrar meses de conflicto.
Conversemos sobre su caso o necesidad corporativa.
Escribir por WhatsApp